Resumen oficial
¿Qué se contrata?
El Servicio de Ayuda a domicilio se define en el artículo 36 de la ley 3/2019, de 18 de febrero, de servicios sociales inclusivos de la Comunitat Valenciana, como una prestación profesional que consiste en el cuidado y actuaciones realizadas principalmente en el domicilio y en el entorno social de la persona con la finalidad de atender las necesidades de la vida diaria y de prestar apoyo personal de carácter polivalente y preventivo, seguimiento y acompañamiento para las personas y, en su caso, unidad de convivencia, que presenten dificultades físicas, intelectuales, cognitivas, de salud mental o sociales, o se encuentren en situación de vulnerabilidad.
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Fuente y fiabilidad
TED · 428491-2026. Verificado el 23 ago. 2026 6:05.
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