Resumen oficial
¿Qué se contrata?
Con anterioridad a la interposición del recurso contencioso administrativo, podrá interponerse, en su caso, el recurso especial en materia de contratación, regulado en el artículo 44 LCSP, conforme a los plazos, requisitos y efectos señalados en los artículos 44 a 60 de la LCSP. 2. Se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Madrid de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Gratis
Reciba las próximas licitaciones de este sector
Reciba nuevos anuncios que coincidan con sus criterios en un correo semanal. Revise o ajuste los criterios antes de activar su alerta gratuita.
Historial del anuncio
Cronología del procedimiento de contratación
Sigue las principales etapas y actualizaciones vinculadas a este procedimiento de contratación.
Todavía no se ha identificado ningún otro anuncio relacionado.
Los datos se reestructuran para facilitar su lectura. El anuncio oficial y los documentos de contratación siempre prevalecen.
Fuente y fiabilidad
TED · 360948-2026. Verificado el 22 ago. 2026 14:05.
Los datos se reestructuran para facilitar su lectura. El anuncio oficial y los documentos de contratación siempre prevalecen.